Finca situada en Santa Marina ,pequeña localidad perteneciente a la parroquia de Ballota en Cudillero. A pesar de su tamaño, es una delicia pasear por sus caminos y disfrutar del ambiente rural y natural que se respira en la zona. Es un lugar para desconectar del día a día, sobre todo para aquellas personas que sean más urbanitas y quieran pasar unos días alejados de sus rutinas diarias. Cuenta con varias opciones de alojamiento y de restauración, lo que permitirá conocer más sobre parte de la cultura gastronómica, donde predominan platos de todas clases como carnes, pescados y mariscos y diferentes productos de huerta. Santa Marina no es muy grande, pero permite ser punto de partida de muchas rutas que te permitirán descubrir muchos de los encantos de la zona, como por ejemplo la playa de Gueirua entre otros.
La playa de Gueirúa es una pequeña cala perteneciente al Paisaje Protegido de la Costa Occidental. Se trata de un paisaje de extrema belleza gracias a las caprichosas formaciones rocosas que tiene y se mantiene prácticamente virgen.
Debido a su proximidad a Cudillero (a pocos minutos), se accede fácilmente a farmacias, supermercados, médico.
A pie de finca tenemos luz y agua.
La parcela permite edificar hasta 300m
Te recomendamos visitar la zona y por su puesto pensar en esta parcela como un lugar donde construir tu hogar
En cumplimiento de las obligaciones de información previstas en la Ley 10/2025, de 28 de diciembre, de
servicios de atención a la clientela y transparencia, así como en la normativa sectorial vigente, se hace
constar que el precio indicado no incluye los gastos e impuestos inherentes a la adquisición, los cuales se
desglosan a continuación:
Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP): Se aplicará el tipo impositivo vigente en la
Comunidad Autónoma del Principado de Asturias generalmente el 8 , sin
perjuicio de tipos reducidos del 3, 4, aplicables según las circunstancias personales del
comprador o las características del inmueble. El impuesto se devenga sobre el Valor de Referencia
de Catastro o el precio de venta, aquel que resulte superior.
Gastos de Notaría: Los honorarios notariales se calcularán conforme al arancel oficial regulado
en el Anexo I, del Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel
Notarial.
Gastos de Registro: La inscripción en el Registro de la Propiedad se facturará según el arancel
oficial establecido en el ANEXO I, del Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre, por el que
se aprueba el arancel Notarial.
Gastos de gestión (gestoría): Los gastos derivados de la tramitación administrativa de la
compraventa, incluyendo la presentación y liquidación de impuestos y la inscripción en el Registro
de la Propiedad, serán asumidos por la parte compradora, en caso de que decida encargar
dichos trámites a un profesional, siendo su importe variable en función del profesional o entidad
designada para su realización.
Honorarios Agencia del comprador: Se informa que eventualmente, podrían existir honorarios
profesionales a cargo del adquirente, en aquellos casos, en que se hubieran contratados servicios
de encargo de compra (PSI), Personal Shopper Inmobiliario. NO VINCULADOS AL PRECIO DE
COMPRA.
Para una información exhaustiva sobre el funcionamiento, tipos impositivos y bonificaciones del ITP en el
Principado de Asturias, puede consultar el portal oficial de los Servicios Tributarios del Principado de
Asturias en el siguiente enlace:
https://sede.tributasenasturias.es/sites/sede/default/esES/Que-quieres-hacer/Transmisiones-
Patrimoniales-y-AJD