REMAX VETUSTA te presenta esta oportunidad de negocio en venta, en una de las zonas mas demandadas y con mayor transito de Gijón.
En el corazón del barrio de la Arena, cafetería consolidada en pleno funcionamiento desde hace mas de 20 años, con una clientela fiel y estable que garantiza ingresos recurrentes desde el primer día con zona de cafetería o restaurante y un gran almacén.
El local cuenta con una excelente facturación, fruto de una gestión continuada, rodeado de actividad residencial y turística.
Se vende por jubilación, lo que convierte esta oportunidad en una inversión segura para profesionales del sector, o emprendedores que buscan un negocio ya rodado y sin incertidumbre inicial.
El local se ofrece para cambio de uso a un precio competitivo 197.000.- euros
UBICACION ESTRATEGICA, al lado de playa San Lorenzo, Parque Isabel la Católica, Plaza de Toros, Gijón Arena, Feria de Muestras, estadio el Molinon, Parador Nacional Molino Viejo, el Kilometrin...
Tienes la ilusión de un nuevo modelo de negocio que agrupe deporte y ocio ubicación privilegiada y superficie adecuada para este tipo de actividades.
En REMAX VETUSTA te acompañamos en todo el proceso, desde la primera llamada, hasta la firma, asesorándote en la negociación, licencias, gestiones administrativas, para que tu inversión sea segura y transparente.
En cumplimiento de las obligaciones de información previstas en la Ley 10/2025, de 28 de diciembre, de servicios de atención a la clientela y transparencia, así como en la normativa sectorial vigente, se hace constar que el precio indicado no incluye los gastos e impuestos inherentes a la adquisición, los cuales se desglosan a continuación:
Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP): Se aplicará el tipo impositivo vigente en la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias (generalmente el 8 (CÁLCULO ), sin perjuicio de tipos reducidos del 7,, 6, 4, 3, aplicables según las circunstancias personales del comprador o las características del inmueble. El impuesto se devenga sobre el Valor de Referencia de Catastro o el precio de venta, aquel que resulte superior.
Gastos de Notaría: Los honorarios notariales se calcularán conforme al arancel oficial regulado en el Anexo I, del Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel Notarial.
Gastos de Registro: La inscripción en el Registro de la Propiedad se facturará según el arancel oficial establecido en el ANEXO I, del Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel Notarial.
Gastos de gestión (gestoría): Los gastos derivados de la tramitación administrativa de la
compraventa, incluyendo la presentación y liquidación de impuestos y la inscripción en el Registro de la Propiedad, serán asumidos por la parte compradora, en caso de que decida encargar dichos trámites a un profesional, siendo su importe variable en función del profesional o entidad designada para su realización.
Honorarios Agencia del comprador: Se informa que eventualmente, podrían existir honorarios profesionales a cargo del adquirente, en aquellos casos, en que se hubieran contratados servicios de encargo de compra (PSI), Personal Shopper Inmobiliario. NO VINCULADOS AL PRECIO DE COMPRA.
Para una información exhaustiva sobre el funcionamiento, tipos impositivos y bonificaciones del ITP en el siguiente enlace: