CARTAGENA-CASCO HISTÓRICO. Hay pisos que, nada más entrar, sabes que tienen algo especial no por cómo están ahora, sino por todo lo que pueden llegar a ser.
Este es uno de ellos, excepcional oportunidad de adquirir un amplio piso ubicado en pleno Casco Antiguo de Cartagena, una zona con gran demanda por su cercanía a todos los servicios esenciales.
Con una generosa superficie construida de 124 m y orientación Sur, este inmueble se destaca por su abundante luz natural durante todo el día.
El espacio cuenta con tres habitaciones dobles ideales para familias que buscan comodidad y confort. Además, dispone de dos baños que ofrecen funcionalidad adicional al hogar.
Necesita reforma, sí. Precisamente ahí está la diferencia: aquí no pagas decisiones de otros. Lo haces a tu manera, aprovechando cada metro.
Una vivienda con sentido para quien sabe ver más allá del estado actual y valora los metros, la luz y la ubicación.
Por expreso deseo del propietario gestionamos este inmueble con carácter de EXCLUSIVA. Con ello garantizamos, a todas las partes, un servicio de mayor calidad y sin interferencias de terceros. Rogamos no molesten al propietario del inmueble -ni a posibles ocupantes, inquilinos, o al vecindario- , sino que se dirijan directamente a nosotros para cualquier cuestión relacionada con el mismo. Si pertenece a una agencia inmobiliaria y tiene un cliente interesado en él, póngase en contacto con nosotros, estaremos encantados de colaborar. Los precios y condiciones presentadas no son vinculantes y pueden estar sujetos a cambios.
Gastos asociados a la compra no incluidos en el precio de venta para inmuebles en segunda transmisión:
Impuesto Transmisiones Patrimoniales: Se aplicará el tipo impositivo vigente en la Comunidad Autónoma según las circunstancias personales del comprador. El impuesto se devenga sobre el Valor de Referencia de Catastro o el precio de venta, aquel que resulte superior. Con bonificación: 3 - Sin bonificación: 7,75
Gastos de Notaría: Los honorarios notariales se calcularán conforme al arancel oficial regulado en el Anexo I, del Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel Notarial.
Gastos de Registro: La inscripción en el Registro de la Propiedad se facturará según el arancel oficial establecido en el ANEXO I, del Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel Registral
Honorarios de agencia: 3 IVA sobre precio de compraventa, con un mínimo de 3.000 IVA (No incluidos en el precio de venta).
Para primera transmisión de inmuebles (obra nueva), será de aplicación, en vez del ITP, el IVA al tipo legal aplicable y el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados.